Friday, April 12, 2013

Devuelven autonomía presupuestaria a la UPR

Esta semana se firmó por el Gobernador García Padilla una ley que devuelve a la Universidad de Puerto Rico (UPR) su autonomía presupuestaria. La nueva medida, que posibilita la eliminación de la cuota estudiantil, fue firmada por antes de partir en viaje oficial para Brasil.
 
El estatuto restablece la fórmula mediante la cual se hace la asignación anual de fondos a la UPR que se había visto negativamente afectada por la aprobación de la Ley 7 del 2009. Dicha ley disminuía significativamente los fondos que recibe la UPR por parte del gobierno y a la misma vez excluía de la base de la fórmula las medidas de recaudo, rentas e impuestos establecidos y una partida del por ciento del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) que también se consideraba en la base de la fórmula. Más aún, también excluía los fondos depositados en el Fondo de Interés Apremiante.
“Con la aprobación de esta ley se vuelve a nutrir la base de la fórmula de nueve punto sesenta por ciento (9.60%) con los fondos públicos que fueron eliminados por la pasada Asamblea Legislativa y se restablece la política pública de promover el acceso a la educación post secundaria al más bajo costo viable y garantizar, en lo posible, la igualdad de oportunidades académicas entre los residentes de Puerto Rico”, reza la Exposición de Motivos.
 
Además, la medida deroga la conocida “Ley del Fondo Especial para Becas de la Universidad de Puerto Rico” y establece que cualquier remanente de fondos que no haya sido utilizado al momento de su derogación sea transferido a la UPR. El 50% de estos fondos deberá destinarse a la creación de un programa de internado en las diversas Ramas de Gobierno y en la empresa privada para que los estudiantes de la Universidad cuenten con una primera experiencia laboral. La otra mitad del remanente se dividirá en partes iguales para amortizar la deuda de la UPR y para nutrir su Fondo Dotal. Este artículo de ley entrará en vigor una vez termine el año fiscal en curso y luego de que los fondos se utilicen para su propósito original de otorgarle una beca a aquellos estudiantes elegibles que hicieron el pago de cuota con anterioridad a su derogación.

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