El gobernador Alejandro García Padilla convirtió en ley el Proyecto del Senado 655, que dispone la política pública para estimular y promover las industrias creativas, crea el Consejo Asesor de las Industrias Creativas y asigna un millón de dólares a la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico (CCE) para el impulso de éstas.
Las industrias creativas son empresas que dependen, mayormente, de propiedad intelectual y con potencial de creación de empleos y riqueza, principalmente a través de bienes y servicios creativos en los sectores del diseño gráfico industrial, de moda en interiores, así como en el sector de las artes visuales, música, artes escénicas y publicaciones. También incluye los sectores de medios de desarrollo de aplicaciones, videojuegos, servicios en línea, contenido digital, multimedios y servicios creativos, como lo son la arquitectura y la educación creativa.
Estas industrias constituyen actividades basadas en conocimiento y enfocadas en, pero sin limitarse, a las artes, potencialmente generando ingresos que surgen del comercio y los derechos de propiedad intelectual.
A través de esta ley, se busca crear un ecosistema de industrias creativas entre el sector público, la empresa privada, la academia y las comunidades a nivel de país, con énfasis en los sectores estratégicos de los municipios de la isla.
El estatuto dispone que la Compañía de Comercio y Exportación tendrá la responsabilidad primaria de implantar la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre las industrias creativas y asistir a los creadores en la venta de sus productos a nivel local y global, quienes a su vez podrán beneficiarse de los incentivos provistos por la ley 20-2012, mejor conocida como la ‘Ley para Fomentar la Exportación de Servicios’. La medida asigna un millón de dólares a la CCE del ‘Fondo para la Promoción de Empleos y Actividad Económica’ para el impulso a estas industrias.
Por su parte, el Consejo Asesor de las Industrias Creativas, que se crea mediante esta ley, estará compuesto por nueve miembros, dos representantes por cada uno de los sectores de las industrias creativas, diseño, artes, medios y servicios creativos, y un representante de la academia, quienes serán designados por el director ejecutivo de la CCE para ejercer sus puestos por un término de cuatro años fijos ad honorem.
El presidente del Consejo Asesor será seleccionado por el director ejecutivo de la CCE. Serán miembros ex oficio del Consejo Asesor el secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), el director de la CCE, el director de la Compañía de Fomento Industrial (CFI), el director ejecutivo de la Corporación para el Desarrollo de las Artes, Ciencias e Industria Cinematográfica de Puerto Rico, el director ejecutivo del Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación y el director ejecutivo del Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP).
El Consejo Asesor de las Industrias Creativas tendrá las funciones de formular recomendaciones de política pública para la promoción y desarrollo de las industrias creativas en Puerto Rico, desarrollar mayor conciencia y comprensión de las industrias creativas y su contribución a la economía de Puerto Rico, formular estrategias para que el gobierno, el sector privado y la academia puedan trabajar juntos en el desarrollo y promoción de las industrias creativas y preparar un plan estratégico a corto, mediano y largo plazo para desarrollar a las industrias creativas identificadas en esta ley, enfocado en la creación de riqueza y empleos en su capacidad de exportación.
Los individuos o grupos creativos que interesen acogerse a los beneficios o incentivos provistos por las leyes o reglamentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o por ordenanzas emitidas por los municipios de Puerto Rico deberán registrarse en el Registro de las Industrias Creativas, que a esos fines establecerá la CCE. A tales efectos, la CCE deberá establecer mediante reglamento el procedimiento de registro de las industrias creativas y el otorgamiento de una certificación para demostrar que están registrados de conformidad con las disposiciones de esta ley.
Las Industrias Creativas certificadas podrán participar de los procedimientos de permisos de uso expeditos, programas de reservas en las compras de gobierno, programas preferenciales de rentas, procedimientos de solicitud preferentes de acceso a las reservas destinadas para la subvención de los micro, pequeños y medianos negocios y de otros incentivos generales adicionales a tenor con los procedimientos generales sobre elegibilidad y requisitos establecidos en la ley 62-2014, conocida como ‘Ley de Apoyo a la Microempresa, al Pequeño y Mediano Comerciante’ y la ‘Ley de Incentivos para la Generación y Retención de Empleos en las Pymes’ (120-2014).
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