La medida es de la autoría del representante Carlos López Hernández.
El director de la División de Tabaco del Departamento
de Salud, Antonio Cases, sostuvo que disponer que sea un médico que atienda y brinde
el asesoramiento directo resultaría oneroso. Por lo que recomendó, como
alternativa, que cada aseguradora y organización de servicio de salud que opte
por tener un programa de orientación telefónica, cuente con al menos un médico
de turno licenciado para ejercer en Puerto Rico, a quien puedan consultar los enfermeros
o enfermeras y a quien puedan referir los casos que muestren cierto cuadro.
La representante Méndez Silva enfatizó que debe haber
una garantía para que realmente sea un profesional de la salud el que tome la
llamada para ofrecer una orientación y hacer recomendaciones. Sostuvo que el
punto neurálgico sería ese.
La directora ejecutiva de la Asociación de Compañías
de Seguros, licenciada Iraelia Pernas, indicó que nada puede sustituir el tener
al paciente en frente al momento de consultarlo y que la llamada es voluntaria
y no es requisito llamar a la línea de ayuda. A esos efectos, explicó que este servicio es ofrecido por enfermeros
graduados que trabajan bajo la supervisión de doctores en medicina y que
utilizan como guía unos algoritmos clínicos, creados por galenos basados en las
prácticas vigentes de medicina. También señaló que la consulta telefónica de
enfermería no es algo original, por no ser única en esta jurisdicción.
Asimismo, el Sub-Procurador del Paciente, doctor
Francisco Vargas, compartió sus preocupaciones sobre la propuesta al momento de
implementarla. Explicó que “este requerimiento conlleva un elemento de costo y
otro de disponibilidad del recurso humano, que van a afectar que tal servicio
se pueda proveer sin encarecer los costos y asegurando que haya los recursos
para tal servicio. En el aspecto ético, de exponer a un médico licenciado a
emitir su criterio clínico mediante comunicación telefónica, y sin el
privilegio de poder tener al paciente de manera presencial, sería un riesgo”.
A preguntas de la representante Méndez Silva, el
Sub-Procurador le informó que no se han formulado querellas ante su colectividad
por el servicio de “teleconsulta”.
De otra parte, la licenciada Deborah Castillo, de la
Oficina del Comisionado de Seguros, señaló que la medida no presenta que
actualmente exista un problema en torno a la calidad del servicio ofrecido por
el profesional de enfermería que provee la orientación, ni una restricción en
el acceso a los servicios médicos que reciben los pacientes.
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